Derechos de enganche
Los derechos de enganche son una tasa abonada para realizar la conexión del punto de suministro a la red eléctrica. Por ello, su pago va acompañado de una comprobación de la distribuidora eléctrica en tu zona, que se encargará de ver si la instalación es adecuada para los cambios.
Se pagan cuando el usuario realiza diversas modificaciones en su tarifa, incluyendo el alta, el aumento de potencia y también la disminución de la misma. Estos derechos también se pagan al cambiar a una tarifa de discriminación horaria, pero es habitual que la comercializadora se haga cargo del coste y no venga reflejado en la factura de electricidad.
¿Cuánto cuestan los derechos de enganche?
El precio de los derechos de enganche están regulados por el Gobierno a través del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Su precio viene indicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), teniendo estos costes para 2025:
- Baja tensión hasta 9,2 kW (la mayoría de hogares): 9,04€ + IVA
- Alta tensión hasta 36 kW: 79,49€ +IVA
- Alta tensión de 36 kW hasta 72,5 kW: 266,75€ + IVA
- Alta tensión más de 72,5 kW: 374,54€ + IVA
A diferencia de otros, como los derechos de extensión, aquí se paga siempre lo mismo dentro de la horquilla en la que te encuentres. De este modo, da igual que contrates 3,45 kW que 4,6, que siempre te costará 9,04 € + IVA. Recuerda que es un precio que se paga tanto si subes la potencia como si la bajas.
¿Cuándo se cobran los derechos de enganche?
Los derechos de enganche se pagan en la primera factura de luz después de realizar los cambios antes mencionados o después de darse de alta.
Al igual que ocurre con los derechos de extensión y acceso, se cobran en la factura de luz hecha por la comercializadora de electricidad. Sin embargo, el pago lo recibirá en última instancia la distribuidora, la cual está asignada a tu zona y no es elegible. La razón de esto es la simplificación y mayor comodidad del usuario.
Si te cambias de compañía comercializadora de electricidad, no tienes que pagar derechos de enganche, salvo si va asociado a un cambio de potencia. Si no es así y te lo han cobrado, tienes derecho a reclamar esa cantidad.
¿Quién cobra los derechos de enganche?
Aunque el importe se factura a través de la comercializadora, es la distribuidora quien recibe el pago finalmente. Ya hemos visto que los derechos de enganche son tarifas reguladas que se abonan al conectar una instalación eléctrica a la red de distribución, y es importante saber que su justificación radica en que cubren los costes administrativos y técnicos asociados a la conexión del servicio.
Otro aspecto importante a tener en cuenta hablando del cobro de estas tasas es que, al ser tarifas reguladas, es el Gobierno el que marca un precio fijo por los derechos de enganche. O lo que es lo mismo: su cuantía es fija independientemente de cuáles sean la comercializadora o la distribuidora implicadas.
Y hablando de enganche, ¡mucho cuidado con las multas por trucar el contador de la luz!
¿Para qué sirven los derechos de enganche?
Sin los derechos de enganche, el usuario no podrá contar con red eléctrica en un punto de suministro. De hecho, son los derechos que certifican que hay una instalación eléctrica adecuada para conectar a la red.
Los derechos de enganche se abonan para facilitar la conexión de un punto de suministro a la red de la compañía energética correspondiente. Este paso es fundamental en el proceso habitual de contratar los servicios eléctricos.
Fuente: Consumo responde
Derechos de enganche al cambiar de compañía
Es normal que te preguntes si tendrás que volver a pagar los derechos de enganche si decides cambiar de compañía eléctrica, y te gustará saber que la respuesta es un ‘no’ rotundo. De hecho, hacerlo es ilegal porque cambiar de comercializadora es un trámite administrativo que no implica intervención técnica en la instalación eléctrica, por lo que no conlleva el pago de estos derechos.
Distinto es que decidas solicitar al mismo tiempo una modificación en la potencia contratada o un cambio de tarifa que requiera ajustes técnicos, pues en esos casos sí podrían aplicarse los derechos de enganche.
Por eso debes estar informado y revisar con detalle las condiciones cuando decidas realizar cambios en el suministro eléctrico para evitar cobros indebidos. Si una comercializadora intenta cobrarte derechos de enganche por cambiar de compañía sin que haya modificaciones técnicas en la instalación, tienes todo el derecho del mundo a reclamar e incluso a denunciar.