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Las siglas CNAE aluden a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas que recoge el Fuente: Real Decreto 475/2007. Así, se establece un sistema mediante el cual se agrupan y clasifican a los profesionales según la actividad económica que realizan. Para cada una de ellas, hay un código de 4 dígitos obligatorio y, en total, existen hasta 21 grupos.

Cuando se constituye una sociedad o una persona se da de alta como autónomo, uno de los pasos que se deben completar es la elección del CNAE. Para ello, no solo hay que fijarse en los diferentes grupos, sino específicamente en los códigos. Habrá que elegir aquel que identifique la actividad principal que se va a desempeñar, aunque después haya otras secundarias o complementarias.

Construcción del código CNAE

Para la construcción del código CNAE se deberán tener en cuenta esos 4 dígitos mencionados antes. Esta numeración surgió en el año 1993, pero en la actualidad las sociedades y los autónomos deben regirse por el CNAE 2009. Los distintos grupos se identifican por las letras del abecedario que van desde la A hasta la U:

  • Grupo A: Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.
  • Grupo B: Industrias extractivas.
  • Grupo C: Industria manufacturera.
  • Grupo D: Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
  • Grupo E: Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de descontaminación.
  • Grupo F: Construcción.
  • Grupo G: Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos y motocicletas.
  • Grupo H: Transporte y almacenamiento.
  • Grupo I: Hostelería.
  • Grupo J: Información y comunicaciones.
  • Grupo K: Actividades financieras y de seguros.
  • Grupo L: Actividades inmobiliarias.
  • Grupo M: Actividades profesionales, científicas y técnicas.
  • Grupo N: Actividades Administrativas y servicios auxiliares.
  • Grupo O: Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria.
  • Grupo P: Educación.
  • Grupo Q: Actividades sanitarias y de servicios sociales.
  • Grupo R: Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento.
  • Grupo S: Otros servicios.
  • Grupo T: Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico; actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio.
  • Grupo U: Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales.

A cada grupo le corresponden unos dígitos diferentes. Así, en el A, las actividades empiezan por el 01, 02 o 03. No sucede lo mismo con el Grupo B cuyos inicios son 05, 06, 07, 08 y 09. En el I, por ejemplo, se diferencia la actividad dirigida a hoteles y alojamientos similares (5510) de la de campings y aparcamientos para caravanas (5530) o restaurantes y puestos de comida (5610).

La elección del CNAE no es complicada, pues hay un buscador en la propia página de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas. No obstante, actualmente no se incluyen todas las nuevas profesiones que existen: youtuber, corrector freelance, community manager, entre otros. Habrá que esperar a una nueva revisión para actualizar el CNAE para que todos los profesionales puedan sentirse identificados.

¿Dónde aparece este código?

El código CNAE aparece en la solicitud del alta de la Seguridad Social. Asimismo, también se puede ver al pedir un informe de vida laboral o en el propio Registro Mercantil. Es importante que, si una empresa o autónomo inicia una nueva actividad que no esté vinculada con el CNAE que tenía, debe incluir el nuevo código correspondiente.

Es habitual que los profesionales lleven a cabo más de una actividad económica que puede no verse reflejada en su CNAE principal. Por ejemplo, alguien que pertenezca al grupo R puede desarrollar una actividad de artes escénicas (9001) y de actividades auxiliares a las artes escénicas (9002). Por tanto, habría que añadir este nuevo código a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.

¿Quiénes están obligados al CNAE?

El CNAE es obligatorio para todas las empresas y autónomos en España, lo que hace que este código deba ser registrado en las escrituras de constitución y en los documentos requeridos por la Seguridad Social para poder darse de alta. Su uso es esencial para la correcta identificación de la actividad económica que desarrolla cada entidad o profesional.

Así, están obligados a consignar el código CNAE las siguientes figuras:

  • Sociedades mercantiles, que deben incluir el código CNAE en las escrituras de constitución y en cualquier modificación de su objeto social.
  • Autónomos, que deben indicar el código CNAE correspondiente a su actividad principal al darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Instituciones financieras y otros agentes económicos, obligados a registrar su actividad principal con el código CNAE que corresponda.

Gracias a esto, es posible sectorizar las actividades económicas y garantizar que la actividad de la entidad quede clara frente a cualquier otra persona o empresa.

¿Se puede cambiar el CNAE?

Sí, es posible cambiar el código CNAE de una empresa o autónomo cuando se produce una modificación en la actividad económica principal que se desarrolla, pues es imprescindible que el código CNAE deje clara en todo momento la actividad actual.

¿Quiénes pueden realizar el cambio?

  • Las empresas, que deben acudir a una notaría con la escritura de constitución para realizar el cambio de actividad y notificarlo después al Registro Mercantil.
  • Los autónomos, que pueden hacer el cambio de forma telemática a través del portal web de la Seguridad Social sirviéndose para ello de su certificado digital.

Y si buscas el procedimiento para cambiar el CNAE, solo tienes que seguir estos pasos.

  1. Identificar el código CNAE que corresponde a la nueva actividad económica principal.​
  2. Comunicar el cambio a la Seguridad Social, ya sea notificando el cambio al Registro Mercantil en el caso de las empresas o a través de la página web de la Seguridad Social en el de los autónomos. ​
  3. Informar del cambio a otras entidades o registros, como por ejemplo la Agencia Tributaria.​

Son únicamente tres pasos, pero son fundamentales para evitar posibles sanciones y garantizar que la información registrada sea precisa y esté actualizada.​

Diferencias entre CNAE e IAE

El IAE es un impuesto que grava el desarrollo, en territorio español, de actividades económicas. Dichas actividades económicas pueden ser o empresariales, o profesionales o artísticas y, las mismas se pueden ejercer en local determinado o sin local.

Aunque el CNAE y el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) pueden parecer similares, cumplen funciones muy distintas y es conveniente no confundirlos.​

  • La finalidad del CNAE es estadística y de clasificación, pues busca agrupar y codificar las actividades económicas, pero no implica obligaciones fiscales directas. ​Por su parte, el IAE es un impuesto que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas en territorio nacional. Su finalidad, por tanto, es fiscal, y afecta directamente a la tributación de las empresas y autónomos.​
  • El CNAE es obligatorio para todas las empresas y autónomos, mientras que, aunque deben darse de alta en el IAE, están exentos de pago aquellos cuya cifra de negocios sea inferior a un millón de euros.​
  • Además, el CNAE se usa para clasificar actividades en estadísticas, hacer análisis económicos y registros administrativos.​ Sin embargo, **el IAE determina las obligaciones fiscales y las cuotas a pagar **por el ejercicio de actividades económicas.​

Y ahora que sabes esto, no te vayas sin saber lo más básico sobre las certificaciones medioambientales que necesitas para seguir siendo competitivo mientras garantizas la sostenibilidad de tu actividad.