Área de Cliente
Llamadme gratis
Área de Cliente
  1. Inicio
  2. Glosario energético
  3. Bono social
🔍 Glosario

Bono social

El bono social es una ayuda que ofrece el Gobierno a las familias más vulnerables para que puedan pagar menos por la factura de luz. Para poder acogerse a él deben, obligatoriamente, tener contratada una tarifa de la luz que se base en el mercado regulado, es decir, aquella que se encuentra sometida a las variaciones del PVPC. En caso contrario, la solicitud del bono social tendrá un resultado negativo.

Para solicitar el bono social hay que cumplir con una serie de requisitos. Uno de ellos es pertenecer a un colectivo vulnerable que abarcaría los siguientes supuestos:

  • Que la renta no supere los 12.159,42 € al año.
  • Poseer el título de familia numerosa general.
  • Recibir una pensión por jubilación o incapacidad inferior a 500 €/mes.
  • Ser beneficiario del ingreso mínimo vital.

En estos casos, las personas beneficiarias percibirían una reducción de un 25 % sobre el total de la factura de luz, aunque en la actualidad este porcentaje es de un 65 %. Una medida temporal que se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.

Por otra parte, también podrán solicitar el bono social de la luz aquellas personas que se consideren un colectivo vulnerable severo. Esto ocurre cuando:

  • Se es familia numerosa y los ingresos anuales son inferiores a 16.212,56 €.
  • Ser víctima de violencia de género.
  • Haber sido víctima de un acto terrorista.
  • Encontrarse en una situación de dependencia.
  • Ser una familia monoparental.

En estas situaciones, la reducción en el precio de la factura de luz es de un 40 %. Sin embargo, con los cambios recientes que se han producido con relación al bono social, el porcentaje ha aumentado hasta un 80 % hasta finales de 2023.

Cómo solicitar el bono social de luz

Para solicitar el bono social de luz hay que presentar el DNI de todos los miembros de la familia, en el caso de que se cumpla con el requisito de familia numerosa. Asimismo, es fundamental que esta identificación se acompañe del correspondiente certificado de empadronamiento que acredite que todos los miembros de la unidad familiar residen en la vivienda para la que se está solicitando el bono social de luz.

Toda la documentación recopilada debe remitirse a alguna de las comercializadoras de referencia que el propio Gobierno de España detalla en la página web dedicada al bono social. Todas ellas se acogen al mercado regulado y, por tanto, pueden ofrecer la posibilidad de acogerse al bono social a todas aquellas personas que lo soliciten.

El bono social de la luz deberá renovarse cuando se cumpla el plazo de dos años, siempre y cuando se continúen cumpliendo con los requisitos exigidos para su disfrute. A esta obligatoriedad no tienen por qué acogerse las familias numerosas, las que disfrutarán del bono social hasta que pierdan esta condición. No obstante, en el caso de que cambien de comercializadora, sí deberán aportar, de nuevo, la documentación.

Asimismo, para la contratación del bono social, además de los requisitos anteriores, no se puede superar una potencia contratada en el hogar de 10 kW/h. En el caso de hacerlo, la solicitud del bono social de luz quedaría desestimada por no cumplirse todas las condiciones que se exigen actualmente para su concesión.

  1. Inicio
  2. Glosario energético
  3. Bono social
Lucera - Atención al cliente

Déjanos tu número y te llamamos:

O si lo prefieres, llámanos:

No soy cliente

Teléfono gratuito

900 806 220

De lunes a viernes

de 9:30 a 19h

Soy cliente

Teléfono gratuito

900 525 660

De lunes a viernes

de 9:30 a 19h